¿Qué son los créditos de emancipación?
Son créditos concedidos por entidades financieras con las características habituales de los créditos de mercado pero con las particularidades siguientes:
· La Generalitat de Catalunya actúa como avaladora de los jóvenes (que tengan un máximo de 35 años) ante las entidades financieras, facilitándoles el acceso a estos créditos.
· Los créditos de emancipación no están incrementados con ningún tipo de comisión, salvo una tasa de tramitación de 60€.
· Los intereses son más bajos que los del mercado.
· Son créditos para cubrir los gastos iniciales para acceder a una vivienda, tanto de compra como de alquiler, como fianzas, gastos de mobiliario, comisiones, gastos notariales.
· Los créditos para la vivienda son compatibles con los créditos para la formación y para la autoempresa, y con cualquier otra ayuda o subvención otorgada con la misma finalidad, salvo otro crédito para la vivienda.
En ningún caso la Generalitat asume los costes de los gastos del joven, sólo le da soporte en la consecución de su proyecto de futuro, certificando que esta persona recibirá el aval de la Generalitat, cosa que es una garantía para la entidad financiera que le ha de conceder el crédito.
¿Cuál es el objetivo de estos créditos?
El objetivo de estos créditos es fomentar la emancipación de los y las jóvenes a través de tres líneas de actuación sobre tres de los ejes básicos para lograrla: la vivienda, la formación y la ocupación.
¿A qué entidades se pueden solicitar los créditos de emancipación?
A las entidades financieras acogidas a este proyecto.
Caixa Catalunya
Caixa Girona
Caixa Laietana
Caixa Manlleu
Caixa Penedès
Caixa Sabadell
Caixa Tarragona
Caixa Terrassa
La Caixa
¿Cuál es la ayuda de la Generalitat para obtener este crédito?
La Generalitat de Catalunya actúa como avaladora del solicitante, lo cual permite que las entidades financieras convengan en otorgar el crédito en estas condiciones preferentes.
¿Cuál es el importe máximo del crédito?
El crédito puede cubrir el 100% del coste de las actuaciones, con un límite de 24.000€.
Los honorarios de fedatario, impuestos y cualquier otro gasto que se origine como consecuencia de la formalización, reclamación o extinción del préstamo, van a cargo de la persona beneficiaria.
Se prevé la posibilidad de amortizaciones anticipadas sin ningún tipo de comisiones siempre que el importe mínimo de estas amortizaciones sea de un 10% del importe inicial del préstamo.
¿Cuáles son las condiciones financieras del crédito?
Tipo de interés preferente:
EURIBOR + 1 %
Tasa de tramitación:
60€
¿Qué documentación hay que llevar para solicitar el aval?
Para solicitar el aval de la Generalitat de Catalunya se debe presentar el impreso de solicitud por triplicado, así como el original y una copia de la documentación siguiente:
· Documento de Identidad o tarjeta de residencia en vigor, de la persona solicitante y de aquellas que convivan con ella.
· Certificado de empadronamiento histórico, a fin de acreditar los dos años de residencia en Cataluña.
· Certificado de convivencia en el que consten las personas que eventualmente convivan en la vivienda donde conste empadronada la persona solicitante.
· Justificación de los ingresos de la persona solicitante, y si se da el caso, del resto de personas que conformen la unidad de convivencia mediante una copia de la declaración del IRPF.
· Alternativamente, y siguiendo este orden de preferencia, también se podrán acreditar los ingresos mediante un certificado de imputaciones del IRPF, o bien un certificado de retenciones del IRPF a cargo de la empresa para la cual se haya trabajado el año anterior al de presentación de la solicitud, acompañado del informe de vida laboral.
· Contrato de alquiler o escritura de compra-venta.